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Las claves de la reforma fiscal en el Ahorro

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Luis Badrinas
Luis Badrinas

Escribe: Luis Badrinas, Executive partner Community of Insurance

La crisis económica redujo significativamente los ingresos tributarios elevando el déficit público, lo que llevo al Gobierno a adoptar medidas para corregir estos desequilibrios y cumplir con el objetivo de sostenibilidad de las finanzas públicas.

Entre estas medidas, se aprobó el gravamen complementario en el IRPF para los ejercicios 2011 a 2014 que ha supuesto una elevación de la carga tributaria.

Hoy con la mejora en los indicadores económicos y rebaja del déficit público, se aborda una reforma integral del sistema tributario, cuyo objetivo pretende apostar por la estabilidad de los recursos tributarios y contribuir a la recuperación económica.

Las claves de la recuperación pasan por una mejora en la eficiencia en la asignación de los recursos y neutralidad que estimule el crecimiento económico, la creación de empleo, la generación de ahorro en una economía globalizada, avanzar en términos de equidad y desarrollo social y la lucha contra el fraude. Para ello es fundamental también incrementar la competitividad de la empresa en el ámbito internacional.

Además, la rebaja fiscal parece ser compatible con los objetivos de déficit público establecidos por la Unión Europea. En primer lugar porque ya se ha incrementado la recaudación más de lo que lo ha hecho la actividad económica, y eso implica que a partir del año que viene ya se pueden bajar los impuestos, con la seguridad que da constatar que en 2014 la recaudación tributaria está creciendo por encima del 5%.

Todas las previsiones económicas indican que el año que viene España tendrá más crecimiento económico. En concreto, el Gobierno lo sitúa en el 1,8%. Cuanto mayor sea la actividad económica, más se facilita el pago de impuestos y más aumenta la recaudación tributaria y la creación de empleo.

Por lo que respecta al impulso a la actividad económica, la reforma fiscal propiciará un aumento del PIB de medio punto en 2015 y 2016, lo que equivale a alrededor de 5.500 millones de euros

Junto con todas las medidas que se pretenden aprobar, son muy significativas las tres claves que se dibujan entorno a la fiscalidad del ahorro:

1. Plan Ahorro 5. Nuevo instrumento financiero a cinco años

Se va a crear un nuevo producto financiero, con características de depósito o seguro, y con una fiscalidad favorable, que le permita competir con otro tipo de productos como depósitos o los planes de ahorro sistemático (PIAS). Estos instrumentos podrán ser seguros de vida individual a largo plazo o cuentas individuales de ahorro a largo plazo, tendrán un limite máximo de aportación de 5.000 euros anuales y deberán garantizar la restitución de al menos del 85% de la inversión.

Los rendimientos generados por este tipo de productos disfrutarán de exención fiscal si la inversión se mantiene un mínimo de cinco años. Así, se ahorrarán la tributación como renta del capital, que ahora va del 21% al 27%. En caso de que el particular retire los fondos antes del plazo de los 5 años la entidad realizará una retención del 19% sobre las rentas satisfechas desde el inicio del plan.

Cada particular sólo podrá ser titular de forma simultánea de un plan de ahorro a largo plazo y al rescatar el producto a vencimiento deberá hacerse en forma de capital.

El producto además deberá permitir una movilización íntegra de los derechos económicos, sin tributación alguna tal como los fondos de inversión mientras el particular realiza traspasos sin ejercitar la venta, con la ventaja adicional en este caso de que las plusvalías no tributarán al vencimiento, siempre que supere los 5 años.

2.- Reducción de la desgravación por planes de pensiones

La desgravación a la base imponible del IRPF de los planes de pensiones se reduce a 8.000 Euros anuales para todos los casos. Actualmente estaba fijada en 10.000 euros, en términos generales, y en 12.500 euros para mayores de 50 años.

Esta modificación afectará poco al conjunto de la población, ya que la aportación anual media a planes de previsión es de 1.375 euros y el 76% de los partícipes contribuye cada año con menos de 300 euros, de acuerdo con los últimos datos facilitados por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), además los partícipes que aportan entre 8.000 y 10.000 euros es inferior al 1% del total.

De todas maneras hay que tener en cuenta, tal como apunta Unespa e Inverco, que la reducción de la base imponible del IRPF por aportaciones a planes no constituye una desgravación fiscal, sino un diferimiento del impuesto. El ahorrador rebaja su factura tributaria durante su vida laboral, pero al rescatar el producto, las rentas o el capital obtenido sí que están gravadas.

3.- Reducción en la tributación de las plusvalías del ahorro

La tributación del ahorro también se beneficiará de la reforma fiscal. En el IRPF se mantendrán dos bases: la general y la del ahorro, como hasta ahora, y se bajarán los tipos en ambas. La intención es reducir la tributación del ahorro entre dos y cuatro puntos para volver a la situación del 2011, salvo para los intereses y plusvalías generadas superiores a 50.000 euros.

En la actualidad, dependiendo de la cuantía del ahorro se tributa entre un 21% y un 27%. A partir de 2016, los tipos quedarán entre el 19% y el 23%. Se mantendrá la actual distinción entre ahorro a largo plazo y a corto.

Distinto tema es el régimen que mantienen las plusvalías a corto plazo. Las ganancias obtenidas por la compraventa de un activo se asimilaron a las rentas del trabajo, con su correspondiente tipo marginal, siempre que el periodo de generación hubiera sido inferior a un año.

Así, si una persona con un salario de más de 150.000 euros anuales, compraba unas acciones y las vendía a los pocos meses, podía llegar a pagar unos impuestos por esas plusvalías de hasta el 56%, tipo máximo del IRPF en algunas comunidades autónomas, como Cataluña.

El Gobierno no tiene previsto suprimir esta penalización a las plusvalías a corto plazo y volver a equipararlas como un rendimiento del capital, pero sí que quiere suavizar este régimen excepcional, haciendo que el actual plazo de plusvalías a corto plazo fijado ahora en un año, se estableciese en seis meses.

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