Escribe: Enrique González, Community of Insurance
Desde que el pasado marzo se publicó el informe de los expertos fiscales, que pareció no satisfacer a nadie en especial; se ha venido manteniendo un discreto silencio, por todos en general y por el sector asegurador en particular, quizá con la esperanza de que pasase rápidamente al olvido.
Con la llegada de Junio, y tras los resultados de las últimas elecciones europeas, se recupera primero el murmullo de reforma fiscal, y en lo que al seguro concierne, van escuchándose alusiones a la tan temida neutralidad fiscal entre los distintos instrumentos de ahorro.
Son bastantes las propuestas que para el sistema fiscal español general se hacían en aquel informe, que podrían resultar interesantes, dependiendo muy mucho del cómo se ejecutase la legislación pertinente al uso; pero las pocas referencias que sobre el mundo del seguro y de los Planes de Pensiones se dejaban ver en él, daban pocas esperanzas al sector.
Esta pasada semana hemos conocido ya el anteproyecto oficial; el que entra en el Congreso, para su discusión y que con variaciones menores, será finalmente aprobado pasando a integrarse en nuestra legislación fiscal.
Como el informe de marzo, no entra mucho en seguros, ni en previsión, y es aun peor que aquel para el seguro y la previsión. Si bien y gracias a la tributación a la que se pretende someter en él, a las indemnizaciones por despido improcedente; se ha orientado todo el foco de atención general hacia este peculiar aspecto, dejando la neutralidad fiscal del ahorro a largo plazo en un tema baladí, por el que solo se queja el sector asegurador.
La realidad de la reforma para el sector parece que tiende a poco propicia; de un lado reducen el límite de las aportaciones y contribuciones empresariales a los sistemas de previsión social a 8.000 € anuales. Para los Seguros Colectivos de Dependencia contratados por empresas para cubrir compromisos por pensiones se establece un límite adicional de 5.000 € anuales.
También se bajan de 12.500 € a 8.000 €, las aportaciones a planes de pensiones, desapareciendo las ventajas de los mayores de 50 años.
La estrella es el PALP, Plan de Ahorro a Largo Plazo, que se establece como fuente de ciertas ventajas fiscales, con limitaciones en la aportación a 5.000 € anuales, y es una forma de cadena de contratos sucesivas en dos segmentos:
SIALP, que suena a tropas especiales del ejército USA, pero que en realidad es una de las patas del PALP; se trata de un Seguro Individual de Ahorro a largo plazo que debe de instrumentarse en uno o en varios contratos sucesivos cuya prima o aportación anual no supere los 5.000 €; pero que puede ir integrando los resultados sin carga fiscal cada quinquenio; es como un PIAS al que se ha reducido la aportación anual, de 8.000 € a 5.000 €, pero al que se le ha eliminado, al menos en el anteproyecto, la limitación de 240.000 € del importe de aportación total por todo su periodo de duración que aquel tiene.
Nada se dice de la compatibilidad del SIALP y del PIAS ¿Quien calla otorga?, ó como dicen los juristas, ¡Quien calla ni afirma ni niega!; en las dos situaciones yo entiendo que son compatibles hasta que la norma definitiva diga lo contrario, por aquello de la ley y la costumbre.
La nueva estrella del PALP tiene una, segunda pata, el CIALP, que es su versión en contrato de depósito bancario; exactamente con las mismas condiciones y ventajas fiscales. Esto no sé bien si es un dardo venenoso para el sector asegurador, o una toma de conciencia del Estado que como propietario de bancos, las antiguas cajas intervenidas, ha de seguir ayudándoles.
Sí sorprende que nada exista en el anteproyecto, que tienda a favorecer la suscripción de Rentas Vitalicias Diferidas, en seguros y en planes de pensiones; que incite a unos y a otros a dar coberturas de jubilación con garantía de pensiones, con las máximas ventajas fiscales, como las que hoy ya se contemplan para las Rentas Vitalicias Inmediatas, de las que solo pueden disfrutar, por el momento, las personas físicas que disponen del importante capital que se necesita para el pago de la prima única que estas garantías requieren, y que las empresas aportan para algunos de sus directivos y ejecutivos al cese, pero alejadas del resto de los mortales.
Fomentar fiscalmente las Rentas Vitalicias Diferidas a primas periódicas, acercaría realmente las posibilidades de jubilación complementaria viable a la clase media y obligaría a una gestión más brillante y eficaz a las gestoras de pensiones, liberando a los asegurados y participes de la carga del riesgo de inversión y del riesgo de longevidad, profesionalizando en ambos aspectos de riesgo a los aseguradores y a las gestoras.
De otro lado, el giro que se pretende dar al tratamiento fiscal de los dividendos, ciertamente da nuevas alas al mercado de los Fondos de Inversión, pero también al mercado del sector de seguros. Creo que va siendo hora de que el sector asegurador se entere de una vez, que el Seguro “Unit Linked” es la versión en su mundo de los Fondos de Inversión
Sí, que en el marco conceptual del Seguro “Unit Linked”, pueden los aseguradores fijar la atención en la intervención en la gestión de carteras de renta variable, y ofrecer a su clientela liberarles de la fiscalidad de los dividendos, y también de la que corresponde por incrementos de patrimonio consecuencia de sus compraventas de renta variable.
Es hora de que el sector asegurador gestione realmente el ahorro de sus clientes, buscando rentabilizar al máximo y ejecutando en cuanto surjan las plusvalías de las inversiones de sus clientes; dejando de ser un mero inversor legal de provisiones técnicas con criterio prudente, en aquellos productos de seguro en los que el cliente es quien asume el riesgo de la inversión, montando equipos expertos que estén sobre el mercado y puedan recomendar con razonable criterio profesional, que hagan una cosa u otra con sus inversiones, actuando rápidamente en la trasmisión de la información y en la ejecución de las ordenes de la clientela.
¡Si como hacen los bancos y nunca hizo el seguro!; saliendo de la inacción que durante años ha mantenido; si no ¿Quien va a considerar al seguro un gestor de ahorro a largo plazo eficaz, rentable y seguro?