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Las consecuencias del nuevo baremo de valoración de accidentes de circulación en el seguro de automóviles

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Las consecuencias del nuevo baremo de valoración de accidentes de circulación en el seguro de automóviles

 

Life Insurance Challenges

César Escribe: César García, miembro de Community of Insurance. Director de publicaciones.

Ya el año pasado, en el artículo EL SISTEMA DE VALORACIÓN DEL DAÑO CORPORAL EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN: SITUACIÓN ACTUAL,  escrito por José Antonio Badillo, de nuestra E-letter Nº14 de Seguridad Vial abordamos los principios rectores de la reforma del baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico.

Anticipándonos en lo que podría ser aprobado por el Mº de Justicia, en ese artículo apuntábamos que el baremo actual no resarce adecuadamente a las víctimas en las patologías derivadas de un accidente-especialmente a los grandes lesionados-, así como en todos los perjuicios patrimoniales que tras el siniestro, pudieran surgir.

Pues bien, en el reciente Consejo de Ministros del día 10/4/15 se ha aprobado remitir a las Cortes el Proyecto de Ley que reforma el sistema de valoración de daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de tráfico, que actualiza el sistema instaurado en el año 1995.

En opinión del Ministro de Justicia, el Sr. Catalá, esta reforma, “es fruto de un importante acuerdo entre las dos partes afectadas: las asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico y la representación de las entidades aseguradoras”.

En el nuevo proyecto se contemplan nuevos aspectos para cuantificar las indemnizaciones como es la posible pérdida de capacitaciones futuras en los menores y estudiantes. Igualmente se da un mejor tratamiento a los grandes lesionados y en los leves, se pretende dar respuesta a «todos aquellos gastos necesarios y razonables que genere la lesión en el desarrollo ordinario de la vida diaria del lesionado», aunque los distingue entre «gastos de asistencia sanitaria» y «gastos diversos resarcibles».

En el caso de los perjuicios «extra patrimoniales», el proyecto de ley incluye la reestructuración del perjuicio personal básico con la intención de «ampliarlo», mediante la configuración de los perjudicados en cinco categorías autónomas: cónyuge, ascendientes, descendientes, hermanos y allegados. Según el criterio de Justicia, todos ellos «sufren siempre un perjuicio resarcible y de la misma cuantía, con independencia de que concurran o no con otras categorías de perjudicados»

No es de menor importancia la creación de una comisión de seguimiento del proceso de implantación del nuevo sistema, donde participarán aseguradoras y también asociaciones de víctimas, donde se aportarán las carencias que se vayan observando y que servirán para mejorar el baremo.

Os invitamos a todos a releer el artículo publicado a la luz de la redacción del Proyecto de Ley 

 

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