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V Congreso FECOR en Valladolid: éxito de asistencia y participación

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4882-mediaÉxito de asistencia y participación en el V Congreso de FECOR celebrado en Valladolid.

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Escribe: Enrique González, miembro de Community of Insurance

Valladolid, noble ciudad castellana, acogió los días 16, 17, Y 18, a un nutrido grupo de Corredores y Corredurías para celebrar su congreso anual.

Como viene siendo habitual en los actos de las asociaciones profesionales, se han producido reencuentros entre amigos y colegas, en familia agradable y admirable, pues se quiera o no, entre ellos también está en el lote  el papel de competidores, pues muchos de ellos lo son entre sí, siendo lo mejor que esto ni trasciende, ni altera la armonía familiar.

Quizá, en el partido benéfico que disputaron resolvieran sus pendencias,  que además, ocasionó la afonía del portero del equipo de corredores; tras quedarse frio por la falta de acometida atacante de la delantera del equipo adverso.

En el Acto de apertura, en el que participaron D. Carlos Carrasco, Presidente de Red Mediaria, D. Tomas Rivera Presidente de FECOR y D. Oscar Puente, Alcalde de Valladolid, aconteció lo habitual, los agradecimientos, los reconocimientos de meritos y las referencias a la buena mesa, buenos vinos y buen ambiente en el entorno magnifico que la ciudad ofrece a sus habitantes y visitantes; me apunto al buen vino, a la buena mesa y al buen ambiente de la ciudad.

El modelo de Corredores y Corredurías en Portugal

Entrando en materia, y de la mano de Joaquín Tabernero, Director General de FINSA Correduría, nos presentaron el modelo portugués, en un dialogo abierto con Antonio Marques, Corredor de Seguros de EIRL en Setúbal.

Nada que ver con el modelo español; ni en el número de profesionales, 77 frente a los casi 5.000 en España; ni en los requisitos legales para la obtención de acceso a la actividad, que les requiere una situación financiera fuerte, un número mínimo de empleados, el mantenimiento de al menos 6 compañías entre sus carteras, no pueden tener más del 50% de comisiones en una misma entidad, y tienen un contador externo independiente; además tienen que pagar una tasa anual a la autoridad de control.

Llama la atención que frente al escasísimo número de corredores, los mediadores portugueses, afectos y no afectos, alcancen los 23.000 profesionales. Me da que no es estupendo ser corredor de seguros en Portugal, por mucho prestigio que tengan.

Las Cartas de Condiciones con las compañías

En cuanto al modelo de Carta de Condiciones;  D. Tomas Rivera, Presidente de FECOR , señaló que su objeto es regular  la relación entre corredor y asegurador, es solo para los adheridos a FECOR, y señala los aspectos mínimos que deben de reflejarse en ellas, estando todas contempladas en el modelo.

Se pretendió  unificar los criterios con las compañías, poniendo fin a la diversidad de modelos, de forma que ambas partes, corredor y compañía se sientan cómodos, en plano de igualdad y con seguridad jurídica.

Recoge aspectos que interesan y novedades, incluyendo mecanismos de arbitraje y el tratamiento del corretaje de los productos antiguos. Abordando también aspectos concretos como la problemática del tratamiento de la gestión de cambio de mediador; así como y la propiedad y tratamiento de los datos del cliente aportado por el corredor al asegurador; tema más controvertido, que es objeto  específico en otro panel  del programa previsto.

Ha tenido gran acogida entre las entidades aseguradoras, y espera que todos los corredores terminen por adherirse al mismo modelo, que deja  a la libertad de las partes todas las condiciones económicas.

Observatorio de  Alta Dirección

En el que participaron los CEO de Reale, y DAS, los Directores Generales de ASEFA, AXA, Generali, Mapfre y el Subdirector General de Allianz, mostraron cierta preocupación en la incidencia  sobre el pricing de los efectos de la implantación de Solvencia II y más por la entrada en vigor de nuevo baremo a principios del próximo 2016 que consideran tendrá una fuerte incidencia.

Las  opiniones que se escucharon reflejan la preocupación del sector en esta materia; una pequeña muestra:

“Una oportunidad de oro para hacer una gestión técnica de la siniestralidad, haciendo una análisis para encontrar el punto de equilibrio, para que el repunte del coste de siniestralidad, se reparta de forma que no perjudique al cliente ni al asegurador”

“El baremo da un impacto teórico estimado en siniestralidad del 4%, cada entidad tendrá que ver cuánto implica de repunte en su tarifa de primas.”

“Ver como se puede mejorar para que baje el ratio combinado en auto,  pues hay compañías que ya han superado el 100%.”

“Mantener el ratio combinado como está,  ya sería un avance”

“La única opción, con una tendencia de aumento de la frecuencia es el aumento de la prima media.”

“Desde el aspecto del gasto, hay recorrido en algunas entidades y en otras no, o no sería suficiente sin tocar la prima media”.

“El incremento de la actividad y del volumen de negocio, puede ayudar, pero en auto este aumento suele conducir a un aumento de siniestralidad y al deterioro del ratio.”

“Actuar sobre la selección de riesgo tiene sus posibilidades y su problemática.”

Bueno, después de escucharlos a todos, uno se queda bastante tranquilo pero con el convencimiento de que las primas auto subirán, si o si.

En lo que concierne a la digitalización, y a la entrada del mundo digital en las entidades. Hay una coincidencia general en la infidelidad del cliente digital, que puede acceder por diferentes interlocutores y canales. Parece que la digitalización lo abarca todo, pero no será posible gestionarlo todo, es más fácil decirlo que hacerlo e implementarlo.

La digitalización bien gestionada puede ser una gran baza de éxito, pero es necesario que sea un modelo generalizado con el mismo idioma, una unidad conceptual. Hay que buscar la eficiencia, modificando los procesos hacia ese objetivo. Surgen además nuevos riesgos que hay que asegurar y ofrecer coberturas a los clientes.

La transformación digital tiene dos puntos de apoyo, los clientes y los intermediarios, ambos tienen que avanzar al mismo ritmo, las compañías y la mediación deberían ir por delante.

Hay que poner las herramientas a disposición del cliente, de forma que le resulte  satisfactoria en todos los puntos del servicio, no solo en la suscripción. El cliente tiene que tener posibilidad de autoservicio, que el mismo pueda hacer lo que solicita, sin perjuicio de pérdida de conocimiento e imagen del intermediario; conectando los aplicativos para que el cliente y el intermediario acceda al mismo sistema para hacer la gestión contractual del tipo que sea.

En lo referido a la  relación entre los corredores y las compañías, parece que hay elementos de fricción en lo relativo a la propiedad y utilización de los datos de los clientes aportados por los corredores a las compañías.

Para el Corredor, el fichero de datos del cliente  es de su propiedad y no deben darse actuaciones del asegurador utilizando estos ficheros de datos sin el conocimiento  y consentimiento del corredor

Para las compañías, se manifiesta que la relación de confianza es fundamental y que respetando las normas no debería haber lugar a conflictos. Hoy el cliente llega por muchas vías de comunicación, interacciona para el mismo asunto, o para otros distintos, con el  asegurador y con el distribuidor; no es admisible reenviar al cliente hacia el intermediario, cuando se comunica directamente con el asegurador, como no lo seria cuando el cliente de un corredor entra en contacto con otro corredor: tiene que haber un acuerdo de confianza y compartir la información.

No tenemos que perder el tiempo discutiendo si la información es de uno o de otro, hay que compartirla y administrarla con confianza, que es en lo que estamos, en una relación de confianza con el objetivo de una buena prestación de servicio para atraer al cliente infiel.

Situación Actual del Canal de Corredores

Inicia la alocución D. Raúl Casado, Subdirector General de Ordenación de la DGSFP, con las novedades legislativas  que afectan a los corredores, distinguiendo las de la UE y las nacionales.

En lo que a normativa
europea se refiere, son dos los  proyectos. La Directiva de distribución de seguros, que ya tiene texto definitivo y que debería publicarse en el diario de la UE antes de final de año, con entrada en vigor en Enero de 2016 y que habrá de  transponerse a la legislación nacional en el plazo de dos años.

El Reglamento de los PRIS, que regula la oferta de seguros de Inversión, obligatorio a partir de Diciembre 2016

En lo que refiere a la legislación nacional; la reciente Ley 20/2015 de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras; que traspone la legislación de la UE sobre Solvencia II.

Simplificación del Registro de Auxiliares Asesores, que se suprime y simplifica el reconocimiento y control de la figura del asesor.

Reglamento de la Ley que está muy avanzado y completa Solvencia II pero tienen también artículos relativos a la mediación; posiblemente este publicado antes de fin de año.

Haciendo referencia a la propiedad de los datos de clientes aportados por el corredor. FECOR manifiesta que no hay discusión posible, son del corredor, es importante reglar la utilización de esos datos con el objetivo de gestionar de forma rentable los clientes; el corredor hoy trae los datos, pero mañana se los puede llevar.

El Presidente del Consejo General de Colegios de Mediadores, manifiesta que el cliente no es de nadie, hoy llega por un corredor, mañana entra en un agente, o en otro corredor, o directamente en una  compañía. Es la calidad de servicio lo que va a atraer al cliente, sea quien sea quien lo aporto inicialmente.

De otra forma como interpretar que la  media de pólizas por cliente en cada intermediario sea de 1,2;  mientras que el cliente tiene de media 4, 5 pólizas. ¿ De quién es el cliente? ¿Del que tiene más pólizas con él?  ¿Del que le hizo la última?,  ¿Del que le hizo la primera?

La nueva fiscalidad del IRPF;  impacto en la retribución de los administradores de sociedades.

La redacción del artículo 27 del IRPF, preocupa a los  Corredores, al encuadrar la actividad de correduría, para aquellos que siendo socios, administradores y /o Directores Técnicos y cobran una nómina; estimándose que deben de dejar de cobrar esta nomina y hacerlo pasando facturas de honorarios.

Esta situación plantea dudas, fundamentales, pues la diferencia está en recibir ingresos con la consideración de rendimientos del trabajo; o hacerlo como rendimientos de actividad económica; teniendo además repercusión en la retención y en la deducción de gastos sobre esos ingresos, para la persona física.

Plantea además, otro problema a nivel de IVA, pues la intermediación financiera y de seguros está exenta de IVA, pero las actividades profesionales de otro tipo pueden no estar exentas.

En la ponencia que planteó Dª Caridad Gomes, Jefa de la Unidad Central de coordinación para los delitos contra la Hacienda Pública; planteó las posibles interpretaciones de sujeción de la actividad a una u otra consideración, admitiendo que las funciones de Administrador pueden concurrir con otras funciones de alta dirección, puede ser consideradas sin lugar a dudas como rendimientos del trabajo, con la retención que corresponde al cargo.

En lo que concierne al sometimiento a IVA, para todo lo que no es la intermediación de Seguros, es posible plantearse la Dirección Técnica de la correduría ejercida por un socio de la misma, como una prestación de servicios profesionales, que no estaría exenta, al no ser una actividad de mediación de seguros.

La Responsabilidad penal de las Corredurías. ¿Qué hacer para cumplir la Ley?

La jornada finalizo con una ponencia de especial interés para todas las sociedades de correduría, sobre la incidencia de la Ley 1/15  en cuyo artículo 31 bis, abre vías de imputación a los administradores de las sociedades por los delitos cometidos en nombre y por cuenta de aquellas, cometidos por quien ostente facultades para tomar decisiones en nombre de la misma y tengan facultades de organización y control dentro de la misma.

Es posible evitar y atenuar las consecuencias de esta responsabilidad penal, mediante la implantación de un plan de prevención de riesgos penales en la empresa.

El plan debe de tener una serie de requisitos determinados, tener un presupuesto y unos procesos de revisión y actualización periódica, siendo además publicitado entre los empleados de la empresa mediante procesos de formación; debiéndose incluir también una línea, o procedimiento de denuncia para que los empleados puedan comunicar las situaciones con las que pudieran encontrarse o percibir.

 

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