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El ‘Catexit’ y sus efectos en el sector asegurador

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Por José Luis Latorre

Ante todo, debo indicar que este artículo de opinión no es ningún manifiesto político en ningún sentido y sí una reflexión sobre la situación que el sector asegurador se podría encontrar ante un determinado escenario político.

Hasta la fecha se ha hablado de repercusiones para la Banca de un posible ‘Catexit’. Mi objetivo con este artículo es establecer el escenario que debería afrontar el sector asegurador ante una situación de independencia de Catalunya y la creación de una “nueva república catalana” con el fin de abrir el debate, ya que lo que en estas líneas avanzo puede ser más amplio y complejo.

El presidente de la Generalitat de Catalunya

ha declarado la independencia

 ¿y ahora qué puede pasar en el sector asegurador?

Para el sector asegurador se nos plantea el siguiente escenario:

En primer lugar, tenemos la automática salida de la Unión Europea (UE), por lo que, en caso de no poder llegar a un acuerdo con la UE, las leyes comunitarias dejarían de aplicarse y el Gobierno de la “nueva república catalana” debería replicar legislación europea y propia (Ley de contrato de seguro, Ley de ordenación de Seguro Privado o como las quieran denominar). Esto haría que existiese un vacío legal o inseguridad jurídica, ya que la tramitación legislativa requiere su tiempo.

Los “pasaportes comunitarios” dejarían de estar disponibles automáticamente, por lo que las entidades radicadas en Catalunya no podrían trabajar en el espacio de la UE, incluyendo España, lo que probablemente haría que las aseguradoras movieran el domicilio social y, consecuentemente, en una situación de nuevo estado, la fiscal. Es probable que ello llevaría aparejado que, de una forma proporcional, también se mudarían sus servicios centrales, provocando deslocalizaciones y movimientos de empleados. Del mismo modo, los órganos de UE, como la Comisión Europea y la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (EIOPA) dejarían de tener competencia sobre asuntos catalanes y se deberían establecer acuerdos de cooperación entre EIOPA y los reguladores de la “nueva república catalana”.

¿Puede haber opciones para mantener las relaciones tras el ‘Catexit’?

Una vez que se haya hecho efectiva la salida de la UE, la autoridad aseguradora de la “nueva república catalana” deberá plantearse las diferentes posibilidades que tiene enfrente en el ámbito regulatorio:

PAÍS NO RECONOCIDO INTERNACIONALMENTE

  • Aislarse del mundo, apoyada por los sectores más radicales del independentismo catalán.

El primer objetivo sensato, que no se prevé nada fácil, ni rápido, sería conseguir el reconocimiento internacional de naturaleza jurídica propia y, una vez superado, después de meses o años, esta situación tendría varias opciones posibles:

PAÍS RECONOCIDO INTERNACIONALMENTE

  • Firma de nuevos acuerdos bilaterales, manteniendo el libre comercio y/o establecimiento sin pertenecer al bloque europeo, similar a lo que el Gobierno canadiense está negociando.
  • Unirse a la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), podría acceder a través de acuerdos bilaterales tipo Suiza.
  • La reintegración al Espacio Económico Europeo y la adhesión a la AELC, como el caso de Noruega, Liechtenstein e Islandia, como nuevo estado adherido.
  • Integración en la UE. Se trata de la más remota e improbable, al menos durante mucho tiempo, ya que, además del reconocimiento internacional, debe tener la unanimidad de los estados miembros, existiendo el derecho de veto por cualquiera de ellos.

Pero junto a estas cuestiones futuribles, la independencia sí tendrá consecuencias inmediatas que afecta a:

EMPRESAS:

Para las Reaseguradoras el efecto será pequeño, por el carácter transfronterizo del Reaseguro. En todo caso, la autoridad supervisora de la “nueva república catalana” debería establecer los criterios de solvencia y que fueran equivalentes a los de la UE y que esta los homologase, etc.

Las Aseguradoras en territorio catalán que quieran seguir operando en la UE, deberían trasladar domicilio social, fiscal y posiblemente operativo dentro del territorio comunitario. Este último punto es importante porque difícilmente sería aceptable que entidades que trabajen en esa “España sin Catalunya” puedan hacerlo desde un territorio foráneo. También parece razonable pensar que deberán crear filiales participadas para trabajar en la “nueva república catalana” y dotarlas de solvencia para cubrir los riesgos, eso significara nuevos desembolsos de capital para dotarlas de solvencia.

Para los Agentes y Corredores/Corredurías y Agencias de Suscripción: en el caso de los primeros, el problema, salvo casos muy aislados, es menor, por el carácter territorial limitado que estos profesionales acostumbran a tener, pero en algún caso deberían de crear empresas filiales o participadas, ya sean personas físicas o jurídicas.

Para los corredores supervisados por la Dirección General de Política Financiera y Seguros del Departamento de Economía y Finanzas de la Generalitat, ya que el ámbito de actuación se le supone mayoritariamente territorial en el ámbito catalán, deberían renunciar al negocio de fuera de Catalunya o ver si les resulta económicamente favorable crear filiales o participadas en el territorio español, ya que, recuerdo, el pasaporte comunitario esta desactivado.

En el caso de los Corredores con ámbito estatal, al igual que las Aseguradoras, deberían trasladar domicilio social, fiscal y operativo y estimar la creación de filiales en uno u otro “país”.

La Agencias de Suscripción se encontrarían en la misma situación que las Corredurías o corredores.

POSIBLES VACÍOS:

Esa “nueva república catalana” debería decidir si crear, por ejemplo, su Consorcio de Compensación de Seguros, su Pool Medioambiental o su Pool Atómico , si lo asumen las aseguradoras locales o simplemente se deja sin coberturas al asegurado y consumidor final de terrorismo, inundaciones… También cabe otra pregunta: ¿la “nueva república catalana” también optará por crear su propio Agroseguro?

Para el Consumidor:

Estos vacíos que acabo de comentar supondrá un impacto para el consumidor, para el ciudadano. Así, la desaparición de la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros supondrá que las grandes catástrofes, inundaciones, terrorismo debería de ser asumida por las aseguradoras directamente o bien el Gobierno del nuevo país debería constituir algún organismo similar tan típicamente español. De igual forma se puede decir de la desaparición de Agroseguro –con el impacto que supone en la cobertura de los riesgos del sector agropecuario–, del Pool de Riesgos Medioambientales y del Atómico. Finalmente, también dejará de ser efectivo Ofesauto y el propio baremo de daños personales en accidentes de circulación.

En estos momentos recuerdo una serie de televisión que los guionistas no sabían cómo acabarla por lo complicado del guión que se había ido creando a lo largo de los capítulos y que la acabaron despertando los protagonistas como si hubiese sido todo un sueño o una pesadilla, que cada uno escoja su opción, la mía la tengo clara.

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