En un entorno de una crisis crediticia profunda y una reducción muy alta de la demanda de nuevas viviendas el sector de la promoción inmobiliaria pasa por un momento difícil.
La obra pública, las promociones de VPO y las rehabilitaciones pueden ayudar a capear el temporal a las promotoras menos apalancadas y que hayan diversificado actividades.
En cuanto a las Constructoras todo parece indicar que salvo las que se han centrado en su actividad específica pueden verse seriamente afectadas, como ya se están dando casos.
En el sector de la Construcción, tan fragmentado, los problemas de seguridad y gestión del riesgo son consustanciales a la actividad.
En este sentido, sigue en candelero el debate sobre la elección de una alternativa basada en el palo o en la zanahoria, es decir, en la regulación o en la autorregulación basada en las buenas prácticas.
El pasado mes de Mayo leía que “las Constructoras deberán acreditar su seguridad para operar en Cataluña”.
Todas las Empresas que actúen como Contratistas o Subcontratistas deberán acreditar en 3 meses, las medidas que adoptan para evitar accidentes laborales si quieren seguir operando en Cataluña, según exigencia de la Generalitat. Se crea así un registro de Empresas que cataloga el cumplimento de las exigencias.
El ámbito no sólo afecta a las obras que realice para las Administraciones sino también para las obras privadas. Las exigencias son básicas y necesarias: disponer de estructura productiva propia, impartir la formación suficiente en la prevención de riesgos, asumir riesgos y responsabilidades y adoptar medidas suficientes para la seguridad de los trabajadores.
Sin perjuicio de que en mi opinión son medidas necesarias, cabe plantear varias cuestiones:
1º. A efectos prácticos, ¿existe la posibilidad de control del cumplimiento de las normas?
2º. Considero que es necesario ampliar el campo de los Riesgos Laborales a otros supuestos de accidentes o siniestros.
En resumen, considero que las medidas deberían ir hacia:
– Incorporación del concepto de la Gerencia de Riesgos en sentido amplio a la gestión de las Empresas Constructoras, abarcando los riesgos accidentales pero también los empresariales.
– Valorar en los Concursos de Obras Públicas el cumplimiento de las normas y la adopción de medidas voluntarias más exigentes.
A la vista de los fallos que vienen produciéndose, es necesario exigir, y sobre todo incorporar, métodos de Gerencia de Riesgos Empresariales y la necesidad de Estándares lógicos de capitalización y endeudamiento por promoción inmobiliaria conexa con la construcción.
Es decir, profesionalización, establecimiento de normas y autorregulación voluntaria.
Juan José Lecanda
Biurrun Consulting