Mapfre ha anunciado que recurrirá la sanción interpuesta por la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) contra seis aseguradoras por entender que «la infracción imputada es inexistente», «desproporcionada» y «carente de apoyo legal».
En un comunicado, Mapfre explica que «hay que tener en cuenta que, en la actualidad, está en plena revisión por parte de la Comisión Europea la aplicación del Derecho de la Competencia al sector asegurador».
En este sentido, la aseguradora afirma que esta revisión se basa en la necesidad de dotarlo de un marco normativo que ofrezca la necesaria seguridad jurídica para los distintos operadores y «que evite resoluciones que, como la presente, pueden comprometer la viabilidad misma de un seguro que, por un lado es obligatorio y por el otro sería inasumible de asegurar por una sola compañía de forma responsable».
Según Competencia, la Ley de Ordenación de la Edificación introdujo en el año 2002 la obligación para los promotores de edificios nuevos destinados a viviendas de contratar un seguro de daños materiales a diez años, que garantiza los daños causados en el edificio por vicios o defectos que tengan su origen en elementos estructurales y que comprometan su resistencia o estabilidad (el llamado seguro decenal).