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Seguro Marítimo Como Mecanismo Posible de Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo

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EdwinGranados(N.E. El 25% de nuestros lectores son americanos, la mayoría de Centro América y Sudamérica. Por ello nos hemos propuesto intensificar la publicación de opinión e información de eso países amigos. El artículo de nuestro colega Edwin Granados, asegurador de Costa Rica es una contribución en la dirección apuntada. Otros colegas seguirán a Edwin en las próximas semanas tratando temas de esos mercados aseguradores y su desarrollo y ordenación)
Escribe: Edwin Granados, Licenciado en Criminología, 28 años al servicio del Instituto Nacional de Seguros de Costa Rica.
Una de las consultas más recurrentes de las personas que asisten a las capacitaciones sobre prevención del lavado de activos en el contexto asegurador es como es que esto se da. Reiteradamente se habla del tema pero por muchas razones quienes comparten acerca de esta complicada situación dentro del ámbito asegurador no “aterrizan” el tema; estimo en primera instancia, que obedece a que no incursionan en las variadas modalidades de seguros que se ofrecen en el mercado y al desconocer este aspecto, no se acercan tampoco al análisis de formas posibles de fraude para cada una de estas modalidades.
Es claro que no es lo mismo un seguro social que un seguro comercial y aún que esto resulta muy básico, de igual forma no es lo mismo hablar de seguros vida o patrimoniales, me van a perdonar mi insistencia, pero al día de hoy me ha resultado casi imposible escuchar una ponencia o capacitación donde se le diga al sector asegurador tangiblemente la forma efectiva o al menos posible de lavado mediante este sector.
Es por ello que inició mis presentaciones haciendo una separación de estos temas y así ubicar conceptualmente las diferencias y entonces poder comprender de forma progresiva las distintas posibilidades que el mercado de seguros ofrece para el lavado de dinero y su entendimiento, en virtud de lo anterior deseo compartirles un ejemplo más.
Seguro Marítimo.
Las compañías de seguros son víctima de un alto porcentaje de fraude y los seguros marítimos no constituyen una excepción, las modalidades, variedad  e ingenio de quienes incursionan en el mundo del fraude a los seguros ha sido múltiple, en esta oportunidad deseo compartirles un ejemplo de un evento que presenta características que eventualmente posibilitan tal situación.
Un ciudadano en un país determinado decidió adquirir una embarcación y asumió una cuenta pendiente ante un banco aproximadamente por más de $30.000  desde ese momento resultaba lógico deducir que conocía el valor del bien objeto del crédito de previo a formalizar su operación con el acreedor y las condiciones en que estaba formalizando su operación ante el ente asegurador. Desde el momento de la adquisición la embarcación solo tenía seguro voluntario para coberturas de responsabilidad civil que arrastraba del dueño anterior,  el banco acreedor por su parte cometió el error de no dar atención a la cobertura de daño directo para bien objeto del crédito que estaban otorgado; después de lo anterior, la embarcación transcurrió casi dos años sin seguro de daño directo.
El propietario de la embarcación decidió en determinado momento resolver este tema y buscó una compañía de seguros para comprar una póliza para el bien, para éste efecto logró de forma irregular que dicho bien fuese sobrevalorado asignándosele un valor aproximado a los  $125.000, suma que superaba casi el 50% de su valor real efectivo y por mucho más de la deuda adquirida ante el acreedor y muy por encima del valor pericial que el banco le había asignado de previo a la operación crediticia.
Durante el tiempo que estuvo sin seguro la embarcación realizó con el nuevo dueño más de 70 zarpes y  menos de un 16% de estos zarpes fueron subsidiados y del restante no se tiene registro lo cual resulta extraño partiendo del hecho de que en su país el subsidio para el sector pesquero es sumamente necesario e importante para quienes están en ese medio, en consecuencia lo lógico habría sido que se procuraría ese beneficio, éste elemento es importante para efectos del análisis que relativo al uso presuntamente estaba tiniendo la embarcación.
Durante la inspección para el aseguramiento, así como en la fase de reclamación se presentaron debilidades que facilitaron un proceso de reclamación e investigación de por demás complicado pues el tiempo se constituyó en un enemigo, es importante que todos conozcan que no solo en razón de los requerimientos normativos es importante redimir el tiempo, sino en función de la investigación de un posible fraude, pues el tiempo que pasa es la verdad que huye.
Una vez concretado el aseguramiento y mientras el seguro estaba en su primer periodo de vigencia, se produjo el hundimiento de la embarcación en circunstancias dudosas en el cual medió un incendio del cual no se definió las causas técnicas de su origen, como situación presuntamente “casual” hubo cambio de toda la tripulación incluyendo al capitán; lo anterior, no es usual, pues los propietarios de navíos no entregan un bien que tiene un valor importante y que es un medio de ingresos, a cualquier novato.
Es necesario destacar que en las valoraciones técnicas relativas al Valor Real Efectivo (V.R.E.), hubo significativas diferencias, mismas que no fueron debidamente sustentadas por el interesado, pues se dio en un tiempo relativamente corto un aumento del (V.R.E.) de casi un 100% no se justificó la variación desmedida en el valor de la embarcación. Adicionalmente, destaca que el propietario no contaba con seguros para los trabajadores y existía un déficit importante con el seguro social, además otros bienes, estaban desprotegidos respecto a seguros voluntarios.
Fue notorio que la actitud del interesado fue reticente, evasiva, respuestas a medias, respuestas a preguntas que no se estaban realizando y muy dirigidas, presión con ocasión de plazos vencidos, etc, en un afán de demostrar un cumplimiento que de fondo no se estaba dando, pues esta actitud resulta normal cuando se pretende limitar la investigación, es por ello que la investigación en muchos casos va a resultar en perjuicio de una pretendida indemnización  por el defraudador, es decir de su “negocio”, además de verse expuesto a la eventualidad de responder ante la autoridad judicial, por una eventual responsabilidad penal.
Para el ente asegurador por supuesto tal indemnización sería fraudulenta.
La investigación del fraude en este tipo de casos debe ser muy bien planificada y evaluada, debe contar con la asesoría técnica pericial y legal pertinente; además la estrategia debe ser minuciosamente atendida; pues, se debe al mismo tiempo, descubrir el ilícito, determinar contractualmente cuales pueden ser las violaciones que se estén generando, verificar cualquier conformación de un delito penal, para establecer la prueba efectivamente sin producir vicios que dañen procesos judiciales posteriores, sorteando además las complicaciones que generan los diferentes plazos que las normativas vigentes exigen, en materia de seguros.
En el ejemplo, la información que pudo suministrar la ex tripulación se convirtió en un elemento vital de cara a establecer las verdaderas condiciones del bien objeto del seguro, el estudio de quienes eran los tripulantes anteriores, subsidios para la actividad de pesca, situación crediticia, pago de otros seguros, dio un perfil del tipo de caso; no obstante, se debía imperativamente demostrar si contractualmente y penalmente había infracciones que limitara la posibilidad de indemnizar, dadas las condiciones de presunto fraude ante el cual estábamos.
En un caso de este tipo, es de vital importancia el conocimiento y experiencia del capitán y la tripulación, pues ésta es como el equivalente a la licencia habilitada de conducir en los seguros de automóviles; más aún, tratándose de que en el mar a parte de la embarcación el interés superior radica en salvaguardar la vida y seguridad de quienes se encuentren en la embarcación y finalmente es el capitán quien debe conocer en detalle las características del navío.
El incumplimiento de procesos básicos en la fase de aseguramiento, constituyen debilidad que generan debilidad serán evidentes en el momento de la reclamación y de los que muy probablemente la compañía de seguros no podrá defenderse de forma efectiva.
La manifestación de la voluntad respecto al valor del bien objeto del seguro; aún cuando éste haya sido definido por un representante del ente
asegurador, es un valor al cual el asegurado se adhiere, pues podría diferir si fuese en su perjuicio, en el caso que fue objeto de nuestro ejemplo, el asegurado no objetó, pues más podría ser el beneficio que el perjuicio, cuantitativamente hablando.
En situaciones como la narrada se puede visualizar un esquema de lavado de dinero según el cual se adquiere una embarcación en mal estado con financiamiento si es del caso para luego provocar un siniestro, cancelar al acreedor con la indemnización y mover dinero ilícito en el mercado abierto con la justificación de aquel evento por medio del cual salió dinero licito de la compañía de seguros.
No obstante, como pueden ver y como lo he señalado en mis presentaciones en el ámbito asegurador contrario a los seguros de vida, en los seguros de daños de por medio habrá un fraude a los seguros y es por ello que las compañías de seguros no pueden ver el tema de manera aislada y las autoridades tampoco, si no hacen el esfuerzo por visualizar el tema de manera integral, el manejo y control de estos aspectos dentro de éste gremio seguirá siendo ambiguo para muchos y en consecuencia el entusiasmo y participación activa de éste gremio en este tema seguirá siendo lento.
No omito manifestar que la capacidad del sector asegurador para contribuir con las autoridades administrativas y judiciales en este sentido es sumamente alta; no obstante, hay poca participación del sector asegurador en este sentido y poco interés de las distintas autoridades para captar la importancia del potencial que hay en el mundo de los seguros para la identificación de posibles individuos y organizaciones delictivas.

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