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Cambio de Ciclo, Nuevo Baremo vs Segunda Categoría.

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Vivimos una época de cambio y de incertidumbre.

Lógicamente no me refiero a la situación política que no es objeto de análisis por mi parte y mucho menos lo seria en este el lugar, sino a la situación del mercado asegurador en general y a la del mercado de Segunda Categoría en particular.

Hemos vivido durante varios años una situación realmente insostenible en segunda categoría, con las compañías enfrascadas en una guerra sin cuartel, ofreciendo primas a camiones y buses, que todos calificábamos como de locura e insostenibles, incluso con el baremo anterior, pero que las compañías ofrecían en su guerra sin cuartel.

¿Excusa o realidad?

Llega al sector la Ley 35/2015, de 22 de septiembre de Reforma del Sistema de Valoración de los Daños y Perjuicios causados a las personas en Accidentes de Circulación, para todos los siniestros que se produzcan a partir del día 1 de enero del 2016 y parece ser la excusa o la razón perfecta, para que las escasas compañías realmente operativas en el mercado de segunda categoría actualicen las primas a la realidad del sector y la realidad del riesgo, que representan los camiones y buses en España.

Con el Nuevo Baremo la oferta o respuesta motivada al perjudicado debe de llevarse a cabo por medio de las aseguradoras, la indemnizaciones por fallecimiento y secuelas se elevan de forma intensa, previéndose una elevación media de en torno al 16%, alcanzando en los casos mas gravosos hasta el 200% de incremento de la indemnización, en detrimento de los traumatismos cervicales, que quedan realmente acotados y limitados. Pero sin lugar a dudas la estrella de este nuevo Baremo es sin lugar a dudas el lucro cesante, donde se incluyen por ejemplo las amas de casa, lesiones corporales de autónomos, personas que aun no han accedido al mercado laboral ya que no tienen que justificar ingresos hasta los 30 años, menores de 14 años, incluso en supuestos de culpa exclusiva de ellos e incluso discapacitados que carezcan de culpa civil, es decir los no responsables de sus actos,  etc, es definitiva representa hacer justicia y un gran paso adelante, en el resarcimiento del daño real causado a los lesionados. Dado lo reciente de la entrada en vigor del nuevo baremo y la poca conflictividad encontrada de momento en su aplicación practica, así como de la crónica lentitud de la justicia en España, iremos viendo como transcurre la situación en los próximos meses y años, pero sin lugar a dudas esta nueva situación será mucho mas justa y mucho mejor que la anterior, que sin lugar a dudas quedo desfasada en el tiempo y en su aplicación practica.

Con todo lo comentado sobre el Nuevo Baremo, damos nuestra mas calurosa bienvenida a esta nueva etapa en la contratación de riesgos, especialmente en cuanto a segunda categoría se refiere de forma especial, con rigor técnico y con un verdadero análisis del riesgo, con la que poder ofrecer a los asegurados seguridad, razonamiento y sostenibilidad del sistema.

Pero el Nuevo Baremo no solo afecta a autos y especialmente a segunda categoría, sino que además afecta de manera importante a todo el sistema de responsabilidades e indemnizaciones en España, haciéndose por tanto absolutamente necesaria la revisión de las actuales pólizas de Responsabilidad Civil  y muy especialmente en lo que se refiere a los sublímites por víctima, pues  los sublímites habituales actuales podrían ser insuficientes, ya que a partir de la entrada en vigor del Nuevo Baremo, se van a ver incrementadas las indemnizaciones de forma sustancial en caso de fallecimiento y secuelas que supongan incapacidades totales o absolutas para el trabajo, ya que ahora se generaran daños patrimoniales muy considerables, que ahora quedan cuantificados de forma vertebrada y desglosada.

Como en esta vida todo es opinable, existen opiniones que indican que en el resto de los países de nuestra Europa se indemniza con mayores cantidades y tienen razón, pero no es menos cierto que este es sin lugar a dudas el mejor baremo de Europa, por cuanto a la vertebración se refiere, mejorando muchísimo al anterior baremo en el que fallaba principalmente que la Ley 30/95 dejaba fuera la reparación de daños patrimoniales, no se resarcía bien el lucro cesante, cuando había un cónyuge, los descendientes cobraban menos, etc. y por tanto el Nuevo Baremo ofrece claridad y transparencia al mercado y a los perjudicados, que en definitiva es a quien el sistema debe de cuidar y defender.

Por todo lo expuesto, nuestra mas calurosa bienvenida al nuevo ciclo de tarificación de autos segunda categoría, bienvenida aunque sea con la excusa o razón del Nuevo Baremo, bienvenida por ser esta una tarea que era absolutamente indispensable para la lógica aseguradora, pues eran a todas luces insostenibles las tarifas que las compañías venían aplicando en los últimos años, bienvenida a la cordura en la gestión de riesgos y bienvenida al dialogo entre Compañías y Corredores de Seguros.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_separator border_width=»6″][vc_custom_heading text=»Artículos relacionados» font_container=»tag:h2|text_align:center|color:%23dd3333″][vc_separator border_width=»6″][vc_basic_grid post_type=»ids» element_width=»3″ grid_id=»vc_gid:1483897377627-e416102e-0a86-2″ include=»23566, 21444, 21450, 18910″][vc_separator border_width=»6″][/vc_column][/vc_row]

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